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[2/2] F. Barredo vs. S. Garcia, Et. Al.

[2/2] FAUSTO BARREDO, petitioner, vs. SEVERINO GARCIA and TIMOTEA ALMARIO, respondents.

G.R. No. 48006 | 1942-07-08

Oyuelos, in his "Digesto: Principios, Doctrina y Jurisprudencia, Referentes al Codigo Civil Español," says in Vol. VII, p. 743:

"Es decir, no se responde de hechos ajenos, porque se responde solo de su propia culpa, doctrina del articulo 1902; mas por excepcion, se responde de la ajena respecto de aquellas personas con las que media algun nexo o vinculo, que motiva o razona la responsabilidad. Esta responsabilidad, es directa o es subsidiaria? En el orden penal, el Codigo de esta clase distingue entre menores e incapacitados y los demas, declarando directa la primera (articulo 19) y subsidiaria la segunda (articulos 20 y 21); pero...